25/03/2021 MEDIDAS SANITARIAS VIGENTES DURANTE LA SEMANA SANTA
Ante el inminente comienzo de la Semana Santa y en el contexto de la pandemia por COVID-19 en el que nos situamos, sigue vigente el estado de alarma para contener la propagación de infecciones.
El SR. DELEGADO PROVINCIAL DE SANIDAD EN CIUDAD REAL, en virtud de la condición de Autoridad Sanitaria que ostenta, REQUIERE a este Ayuntamiento para que la inspección municipal realice, entre otras, las siguientes acciones en bares y restaurantes durante el periodo de Semana Santa 2021:
- Visita de inspección previa al inicio de las fiestas, para comprobar el cumplimiento de las medidas por los titulares de la actividad, así como recordar las medidas vigentes y la obligación de adoptar las medidas organizativas necesarias para el cumplimiento efectivo y permanente de las medidas.
- Reforzar los controles en bares y restaurantes durante los días festivos, a efectos de la constatación en acta denuncia de las posibles infracciones que sean cometidas.
- Informar en el plazo de 3 días si existen locales o actividades que hayan sido denunciados de forma reiterada o apercibidos por la inspección local de que los incumplimientos detectados podrían ser objeto de ilícito penal.
PARA MAYOR INFORMACIÓN, PUEDE CONSULTAR LA SIGUIENTE LEGISLACIÓN VIGENTE:
Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
Decreto 22/2021, de 23 de marzo, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como autoridad delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2, por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma con motivo de la festividad de Semana Santa.
Resolución de 21/03/2021, de la Consejería de Sanidad, por la que se prorroga y modifica la Resolución de 20/02/2021, por la que se adoptan medidas de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, para la contención de la expansión del COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
Resolución de 12/03/2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad, para general conocimiento y por ser de obligado cumplimiento, el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa 2021.
Enlace a la web de la Consejería de Sanidad de Castilla la mancha: https://sanidad.castillalamancha.es/ciudadanos/enfermedades-infecciosas/coronavirus
En cumplimiento del requerimiento efectuado por el Sr. Delegado Provincial de Sanidad, se informa para general conocimiento y por ser de obligado cumplimiento:
1. Medidas de obligado cumplimiento.
- Limitación de movilidad en horario nocturno entre las 23:00 horas y las 06:00 horas.
- Grupos de personas:
- Espacios públicos cerrados: máximo 4 personas no convivientes
- Espacios públicos abiertos: máximo 6 personas no convivientes
- Espacios privados: las reuniones se limitarán a convivientes
- No se celebrarán eventos masivos que impliquen aglomeración o concentración de personas.
- Actuaciones sobre locales de ocio:
- Supresión del servicio en barra
- Aforo en locales cerrados: 50% del máximo que tuvieran establecido
- Aforo en espacios al aire libre: 75% del máximo que tuvieran establecido, manteniendo las medidas de distancia de seguridad y agrupación.
Se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
Se recuerda que está prohibido fumar en espacios cerrados.
- Horario de cierre: a la hora de inicio de la restricción de movilidad en horario nocturno (las 23:00 horas a día de la fecha).
- Queda prohibido el servicio y consumo de comidas y bebidas a usuarios que no se encuentren sentados en las mesas dispuestas a tal efecto.
- Disponibilidad de gel hidroalcohólico, jabón y agua, en todos los establecimientos públicos.
- Uso obligatorio de mascarillas según lo establecido en la normativa.
VIGENCIA desde las 00:00 horas del día 26 de marzo de 2021 hasta las 00:00 horas del día 10 de abril de 2021.