02/03/2018 EL AYUNTAMIENTO DE BOLAÑOS APRUEBA UNA MOCIÓN PARA APOYAR Y DEFENDER LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE SOLO CON EL VOTO FAVORABLE DEL GRUPO POPULAR
El pleno ordinario del Ayuntamiento de Bolaños aprobó,con los votos favorables del grupo Popular y los votos en contra del grupo Socialista, el apoyo de esta ley que en su exposición de motivos dice que “no se renuncia a la reinserción del penado, pues una vez cumplida una parte mínima de la condena, un Tribunal deberá valorar sus circunstancias y su delito”. El Pleno ordinario celebrado en Bolaños recientementeaprobó,solo con los votos a favor del grupo Popular municipal, una moción para apoyar y defender la Prisión Permanente Revisable.La Presión Permanente Revisable es un instrumento que existe en muchos países de nuestro entorno, en gobiernos de todo tipo de corte político; es una institución coherente, que se incorpora bien a nuestro modelo de garantías y tiene perfecto encaje penal.El espíritu de dicha moción presentada por el Grupo Popular del Ayuntamiento de Bolaños, estriba en solicitara los grupos políticos de ambas Cámaras, tanto a los del Congreso como los del Senado, que no deroguen la presión permanente revisable.Tal y como ha manifestado ante los micrófonos de Radio Bolaños el alcalde de la localidad, Miguel Ángel Valverde, “ha sido mucho el camino recorrido para poder alcanzar una modificación del Código Penal con una Ley Orgánica como esta, adoptada en 2015 cuando el Partido Popular tenía la mayoría absoluta. Sin embargo, en este momento, con una cámara más fragmentada,ha sido cuando todos los grupos políticos parlamentarios, a excepción del Partido Popular, han pedido la derogación de la misma. Por esta razón hemos presentado esta moción en el pleno municipal a fin de impedir que se derogue esta pena”.El primer edil de Bolaños, ha explicado “que derogar esta ley supone un error puesto que lo que verdaderamente responde a la opinión de la inmensa mayoría de la sociedad española es mantenerla.Se ha conseguido implantar en nuestro Código Penal una pena que es plenamente constitucional, puesto que no impide contemplar la posibilidad de la reinserción del delincuente o condenado,por esta razón se denomina revisable. Pero, por otro lado, esta presión permanente revisableda satisfacción a la demanda de lo que solicita el 80% de los españoles, quienes consideran que para determinados delitos execrables que están en la memoria de todos, no podemos consentir, de ninguna manera, que personas responsables de delitos de esa naturaleza puedan volver a la calle sin haber estado plenamente reinsertados. La prisión permanente revisable sí contempla que quien no se haya reinsertado bajo el criterio de un Tribunal, pueda continuar en la cárcel”.El alcalde de Bolaños explica que por apoyar la presión permanente revisable “se nos tacha de oportunistas en un momento en el que todos los partidos de la Cámara han votado a favor de la derogación de esta figura penal, a excepción de Ciudadanos, que en estos momentos se ha abstenido, aunque a principios de la legislatura firmó con el partido Socialista la derogación de esta ley”.El primer edil bolañego prosigue diciendo que “se trata de un sentimiento de todos los españoles y de la gran parte de los bolañegos el que esta figura penal siga recogiéndose en el Código Penal, y por tanto, se ha presentado en nuestro Ayuntamiento, tal y como se ha hecho en otras cámaras legislativas esta moción. Además, se están recogiendo firmas por parte de los ciudadanos y de partidos como el Partido Popular, para llevar al Congreso una proposición incluso no solo para no derogarla, sino para ampliar los delitos que pudieran ser merecedores de una pena con estas características.El grupo municipal Popular votó a favor de la defensa de esta prisión permanente revisable, mientras que el grupo Socialista votó en contra, algo que no entiendo, puesto que no responde a la coherencia de lo que está trasladando este partido en otras votaciones que hacen referencia a otras cuestiones de interés social, y posiblemente, tampoco responde a los deseos de sus propios votantes”, explica.En su Exposición de Motivos, esta figura jurídica dice que "la pena de prisión permanente revisable no constituye, por ello, una suerte de «pena definitiva» en la que el Estado se desentiende del penado. Al contrario, se trata de una institución que compatibiliza la existencia de una respuesta penal ajustada a la gravedad de la culpabilidad, con la finalidad de reeducación a la que debe ser orientada la ejecución de las penas de prisión".Igualmente señala que "se trata, en realidad, de un modelo extendido en el Derecho comparado europeo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado ajustado a la Convención Europea de Derechos Humanos”.